Conoce el rol de los Concejales de Puente Alto

Frontis Municipalidad de Puente Alto

Dentro de Puente Alto, existen 10 autoridades municipales que cumplen el rol de un (a) Concejal, pero ¿A qué se dedican realmente las personas con estos cargos y en qué se diferencian de los alcaldes?.

De acuerdo con la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, el Concejo Municipal tiene un carácter normativo, resolutivo y fiscalizador.

En la comuna, las personas que deben cumplir con lo mencionado son Bernardita Paul, Olivier Mellado, Karina Ordenes, Luis Escanilla, Juan Marticorena, María Teresa Alvear, Cesar Bunster, Caroline Lara, René Yañez e Ivonne Teruel.

Todos los anteriores, son electos a través de sufragio universal de manera paralela a la elección de los alcaldes, esto se realiza cada cuatro años.

Actividades del Concejo Municipal

De forma más detallada, la Municipalidad de Puente Alto cuenta con una página dedicada a explicar las funciones de los ediles, en la que se listan las siguientes labores según ley:

  • Fiscalizar el cumplimiento de planes y programas de inversión municipal y la ejecución del presupuesto municipal.
  • Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle las observaciones que le merezcan, las que deberán ser respondidas por escrito dentro del plazo máximo de 20 días.
  • Recomendar al alcalde prioridades en la formulación y ejecución de proyectos específicos y medidas concretas de desarrollo comunal.
  • Elegir a los integrantes del directorio que le corresponda designar a la municipalidad en cada corporación o fundación en que tenga participación, cualquiera sea el carácter.
  • Solicitar informe a las empresas, corporaciones o fundaciones municipales, y a las entidades que reciban aportes o subvenciones de la municipalidad.
  • Supervisar el cumplimiento del plan comunal de desarrollo.
  • En cuanto al rol fiscalizador que debe ejercer el Concejo Municipal, sus integrantes también tienen la facultad de evaluar la gestión del alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo.

Número de concejales por comuna

El número de concejales dependerá del número de electores inscritos en cada comuna. Donde existan menos de 70 mil electores, el Concejo estará integrado por seis personas; este número asciende a ocho cuando la comuna cuente con menos de 150 mil electores, y diez concejales cuando los electores sean más de 150 mil.

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