IFE Laboral ¿Quiénes son beneficiarios de este incentivo al trabajo?

Foto de persona contando dinero
Somos Puente Alto

Este 2021 el Gobierno de Chile anunció el IFE Laboral, ayuda económica que se otorga por un máximo de cuatro meses a quienes hayan firmado un nuevo contrato de trabajo.

Para acceder al beneficio, los trabajadores deben tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo en el mes anterior a la postulación), contar con una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000) y haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato.

¿Cuáles son los montos que entrega el IFE Laboral?

El monto del subsidio corresponde a lo siguiente:

  • Hombres entre 24 y 55 años: 50% de su Remuneración Bruta Mensual, con tope de $200.000 mensuales
  • Mujeres mayores de 18 años, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de la Remuneración Bruta Mensual, con tope de $250.000 mensuales.

Postulaciones

Las solicitudes del IFE Laboral se iniciaron el miércoles 1 de septiembre, a través del sitio web www.subsidioalempleo.cl. No obstante, hay un cierto grupo de trabajadores que recibirá los pagos de manera automática (Sin necesidad de postular).

Restricciones para acceder al beneficio

Los impedimentos para recibir el IFE Laboral son:

  • Personas que se encuentren trabajando de manera informal o independiente.
  • Personas que presten servicios al Estado, de manera dependiente e independiente.
  • Personas que estén suspendidas por la Ley de Protección del Empleo (incluye Ley de Crianza Protegida).
  • Personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y posnatal)..

Fechas de pago

Para aquellos trabajadores que cuenten con un contrato que inicie entre 1 de agosto y el 30 de septiembre, la fecha de postulación es entre el 1 de septiembre y el 30 del mismo mes. Quienes postulen en este periodo, recibirán los pagos a partir del 1 de noviembre.

Importante

Por estar “cesante” se entiende que la persona que postula al beneficio no debe haber estado trabajando, con contrato de trabajo, en el mes anterior al de postulación al IFE Laboral.

Como “nueva relación laboral” se entiende toda relación de trabajo dependiente y subordinado entre un trabajador o trabajadora y un nuevo empleador que se formaliza mediante un contrato de trabajo.

Para verificar lo anterior, Sence revisará al momento de la postulación:

  • Que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en el mes anterior al de inicio del contrato de trabajo.
  • Que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en los tres meses anteriores al de inicio del contrato de trabajo con el mismo empleador por el cual postula al beneficio (mismo empleador o empleadora).

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