Servel publica nómina con los vocales de mesa para las elecciones de noviembre

Foto de mesa de elecciones en Puente Alto
Somos Puente Alto

Este sábado, el Servicio Electoral de Chile (Servel) dio a conocer la primera nómina con los vocales de mesa para las elecciones del próximo 21 de noviembre.

Cabe destacar que en esta oportunidad, la ciudadanía deberá determinar quien se desempeñará como el nuevo presidente de la república, miembros del parlamento y consejeros regionales de nuestro país.

Consulta si te corresponde ser vocal de mesa

Para saber si te corresponde ser vocal de mesa, debes ingresar al sitio web https://consulta.servel.cl y consultar los datos electorales a través del RUT.

¿Cómo presentar excusas para no ser vocal de mesa?

Quienes requieran presentar una excusa para cumplir con esta labor, podrán ingresarlas entre el 2 y el 4 de noviembre en Servel, debido a que la lista definitiva de vocales reemplazantes será publicada el sábado 6 de noviembre.

En tanto, el artículo 44 de la Ley 18.700 define una serie de motivos que se pueden seleccionar para no desarrollar la labor de un vocal de mesa:

  1. Estar entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45, o haber sido designado miembro del colegio escrutador.
  2. Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 Km o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la junta.
  3. Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.
  4. Tener más de setenta años de edad.
  5. Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado de un médico.
  6. Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.
  7. Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo. Además, se considerará dentro de esta causal al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
  8. Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.

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