Abogado interpela a Alcalde Codina tras sus dichos respecto al Art 172° de la Nueva Constitución

Foto de portada de la propuesta de nueva constitución
Somos Puente Alto

Esta semana, se ha instalado un debate ciudadano referente al Artículo 172° de la propuesta de Nueva Constitución que se refiere a la postulación a cargos públicos o de elección popular.

El hecho que marcó la agenda noticiosa respecto al texto elaborado por la Convención Constitucional, fue la declaración del Alcalde Codina en el programa "Mesa Central" de Canal 13 donde señaló que "Esta Constitución le permite a homicidas, personas que están privadas de libertad, postular a cargos públicos, incluso narcotraficantes".

¿Qué dice la propuesta de nueva constitución?

En la propuesta de la nueva carta magna, se señala que "No podrán optar a cargos públicos ni de elección popular las personas condenadas por crímenes de lesa humanidad, delitos sexuales y de violencia intrafamiliar, aquellos vinculados a la corrupción como fraude al fisco, lavado de activos, cohecho, malversación de causales públicos y los demás que así establezca la ley. Los términos y plazos de estas inhabilidades se determinarán por ley."

¿Qué dice la ley respecto a este tema?

El Art. 28 del Código Penal, establece que "Las penas de presidio, reclusión, confinamiento, extrañamiento y relegación mayores, llevan consigo la de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.". Además, lo anterior se reafirma en el Art. 29 del mismo texto, donde además se añade la inhabilidad "Relegación menores en sus grados máximos".

Dichos entre Carlos Gajardo y Germán Codina

En este sentido, el Abogado Carlos Gajardo Pinto del estudio jurídico Gajardo y Norambuena interpeló a la máxima autoridad comunal a través de Twitter, indicando que "lo que señala es falso. La NC (Nueva Constitución) en el Art 172 señala que no podrán ser candidatos los que cometan determinados delitos y los demás que señale la ley. Y el Código Penal en su Art 28 señala la prohibición para los condenados de más de 3 años."

Lo anterior, generó un hilo de conversación donde el edil de Puente Alto respondió que "Lo que señalé es CIERTO Art 172 NO señala que narcotráfico, homicidio ni terrorismo impidan ser candidato. Art 28 C. Penal no indica delitos, sino penas. Por favor más claridad para que debate sea útil. La supremacía constitucional hará que toda norma se adapte a ella."

Frente a esto, el profesional de derecho replicó al Alcalde precisando que "La constitución actual tampoco señala narcotráfico, homicidio ni terrorismo. Se señalan penas. Nada de eso cambia. Lo que cambia es que ahora además de las penas se agregan delitos específicos como los de corrupción o lesa humanidad. La NC es más estricta."

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